Neuquén endurece controles para facturación electrónica

A partir del 1° de diciembre de 2026, la ARCA dejará de tolerar la omisión de la condición frente al IVA del receptor en facturas electrónicas. Cualquier solicitud de autorización que llegue con ese campo vacío, nulo o sin completar será rechazada, lo que significa que un sistema mal configurado podrá dejar a una empresa sin poder emitir comprobantes.

El organismo ya inició un plan de concientización y envió notificaciones puntuales a contribuyentes en los que detectó comprobantes emitidos sin ese dato. El mensaje va dirigido especialmente a quienes facturan a través de sistemas propios o de gestión conectados por Web Service: no alcanza con tener el dato cargado en la base interna del sistema, la condición tributaria del cliente tiene que viajar explícitamente a la solicitud de Código de Autorización Electrónico (CAE).

Esta medida nace de la Resolución General 5616/2024, que incorporó como dato obligatorio la condición frente al IVA del comprador, locatario o prestatario, con el objetivo de agilizar la registración automática en el Libro de IVA Digital. El cronograma original fijaba el 15 de abril de 2025 como fecha límite, pero dada la complejidad de adaptar sistemas de gestión y plataformas de facturación masiva, ARCA extendió los plazos. Esa tolerancia es la que se termina el 30 de noviembre de 2026.

El endurecimiento de controles para facturación electrónica se enmarca en un panorama más amplio de reconfiguración del esquema de comprobantes durante 2026. Desde julio, directores de sociedades anónimas y síndicos deben documentar sus honorarios con factura electrónica. En septiembre se sumaron nuevas obligaciones para compañías de seguros, y en octubre para entidades financieras por operaciones de leasing y comercio exterior.