Milei deroga decreto de la dictadura sobre regalías energéticas entre provincias
El Gobierno derogó el Decreto 1560/73 y dispuso que Mendoza reciba el 100% de las regalías hidroeléctricas de Los Nihuiles, poniendo fin a un reparto vigente desde la dictadura de Lanusse. La medida se formalizó mediante el Decreto 982/2026, que elimina una excepción que dividía las regalías energéticas entre Mendoza y La Pampa de manera equitativa desde hace más de 50 años.
El marco regulatorio original del artículo 43 de la Ley 15.336 fijaba una regalía hidroeléctrica del 5% para las provincias poseedoras de las fuentes. En 1973, la empresa estatal Agua y Energía Eléctrica aplicó un reparto del 50% y 50% entre ambas jurisdicciones, derivando en un 2,5% para cada una. Con la reforma de la Ley 23.164, la alícuota se elevó al 12%, manteniendo la división paritaria con un 6% para cada provincia.
El Ejecutivo fundamentó la decisión en pronunciamientos técnicos y jurisprudencia de la Corte Suprema. La Procuración del Tesoro de la Nación determinó en dictámenes previos que la Ley 12.650 autorizó las obras en El Nihuil en territorio mendocino, por lo que recomendó sustituir el régimen de 1973. La Corte, en fallos de los años 2000, 2003 y 2009, ratificó criterios que consagran la participación de estados provinciales en los que se encuentran ubicadas las fuentes hidroeléctricas.
Las regalías hidroeléctricas del 12% aplicadas a la energía vendida a precio del Mercado Spot corresponderán íntegramente a Mendoza. El decreto se respalda en las Leyes Nros. 12.650, 15.336, 19.549, 23.164 y 24.065, y diferencia el pago de regalías respecto del uso consuntivo del río Atuel, declarado río interjurisdiccional en 1987.

